Cataluña lidera el uso de facturación electrónica en España


Cataluña lidera el uso de facturación electrónica en nuestro país, según un estudio realizado por SERES, empresa líder en intercambio electrónico seguro de documentos mercantiles con valor legal.

Según este estudio, Cataluña y Madrid se sitúan a la cabeza en emisión de facturas electrónicas con un porcentaje del 48,41% y 23,27% respectivamente, así como en recepción de forma telemática, coNegritan un 36,89% y 22,37%. Le siguen Andalucía, País Vasco y la Comunidad Valenciana con un 5,15%, 3,42% y 3,36%. En cambio, las comunidades autónomas que se sitúan a la cola son Extremadura, La Rioja y Ceuta y Melilla con el 0,32%, 0,12% y el 0,01%.

Por volumen de empresas que utilizan una solución de emisión de factura telemática Cataluña se sitúa de nuevo a la cabeza con 15,06%, y a continuación Madrid y Andalucía con un 12,87% y 10,95% respectivamente.

Este estudio se ha realizado a partir de los datos que SERES, empresa líder en intercambio electrónico de documentos de carácter legal, ha obtenido de sus plataformas. Para ello, ha tomado una muestra de 46.256 empresas repartidas por todo el territorio nacional y de todos los segmentos de mercado. Su objetivo principal es analizar la situación de nuestro país en lo que se refiere a intercambio de facturas de forma telemática. Los datos arrojados ponen de manifiesto que España aún está lejos de cumplir con los objetivos establecidos para fomentar la sociedad digital en el ámbito de las administraciones públicas.

Una de las principales conclusiones extraídas del informe en lo que se refiere al tamaño de empresas es que aunque la mayor parte de las compañías que facturan electrónicamente son PYMES, el impulso viene dado por las grandes empresas de la distribución, quienes exigen a sus proveedores la disponibilidad de este tipo de proceso administrativo.
El estudio de SERES pone de manifiesto que el motor de la facturación electrónica en España está siendo el sector de la distribución, por delante de las Administraciones Públicas, a pesar de la legislación existente en este sentido que obliga al Sector Público a estar dotado de plataformas de facturación telemática.

Tres meses después de entrar en vigor los plazos para facturar electrónicamente en sus contratos con la Administración Pública para aquellas corporaciones que no pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, las compañías españolas están aún lejos de cumplir con los plazos marcados por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Desde el pasado 1 de agosto el uso de la factura electrónica es obligatorio para aquellas empresas que no pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas en sus contratos con el Sector Público. Esta obligatoriedad de disponer de un medio de intercambio telemático de facturas también se aplica a empresas de determinados sectores con especial incidencia en la actividad económica, entre las que se encuentran las compañías dedicadas al suministro de electricidad, agua y gas, telecomunicaciones, entidades financieras, aseguradoras, grandes superficies, transportes y agencias de viajes.
Existe, por tanto, una necesidad de informar al empresario español de los plazos establecidos por la ley, así como concienciar a todo tipo de compañías, independientemente de su tamaño, de los beneficios de facturar de manera digital, entre los que se encuentran una importante disminución de los costes de operación, así como una garantía de entrega de facturas al 100% de los destinatarios.
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