Adicionalmente, el MITECO activa medidas que permitan reducir de forma estructural la dependencia energética exterior, con 350 millones de euros en ayudas para incrementar la eficiencia de distintos sectores de la economía y potenciar el almacenamiento en las instalaciones de renovables.
➡️ Obligaciones de gestión y de consumo eficiente de los inmuebles de las administraciones públicas; los establecimientos comerciales, como grandes almacenes o centros comerciales; los espacios culturales, como cines o centros de congresos; o las infraestructuras destinadas al transporte de personas, como estaciones y aeropuertos.
• Tendrán las temperaturas de calefacción y refrigeración limitadas a 19 y 27 grados centígrados respectivamente; contarán con siete días desde la publicación de la norma para hacer efectiva la limitación, que estará en vigor hasta el 1 de noviembre de 2023.
• Exhibirán en carteles o pantallas las medidas obligatorias de ahorro, entre otras adicionales que reduzcan el consumo. También tendrán siete días para cumplir y su vigencia será efectiva hasta el 1 de noviembre de 2023.
• Antes del 30 de septiembre deberán disponer de cierres automáticos en las puertas de acceso para impedir que se queden abiertas permanentemente, con el consiguiente despilfarro por pérdidas de energía al exterior.
• El alumbrado de los escaparates tendrá que estar apagado desde las 22.00 horas. Esta disposición también se aplicará a los edificios públicos que estén desocupados en ese momento. Igualmente tendrán siete días para cumplir y lo tendrán que hacer hasta el 1 de noviembre de 2023.
• Aquellos inmuebles que hayan pasado la inspección de eficiencia energética antes del 1 de enero de 2021 deberán someterse a una revisión extraordinaria antes del 31 de diciembre de 2022, de modo que todos los edificios con un consumo de climatización relevante hayan superado una inspección en los últimos dos años.